
Estatutos de I-Can-Ser eV
§ 1 – Nombre, Sede, Ámbito de Actividad, Ejercicio Social y Logotipo de la Asociación
a) El nombre de la asociación es «I-Can-Ser e.V.».
Denominaciones en otros idiomas:
Alemán (forma larga, descriptiva): Ich kann der Menschheit dienen: Internationales Krebshilfenetzwerk
Inglés: I Can Serve Humanity: International Cancer Assistance Network
Turco: İnsanlığa Hizmet Ediyorum: International Kanser Yardım ve Servis Ağı
La forma abreviada unificada y multilingüe es «I-Can-Ser e.V.».
b) La sede de la asociación está en Lübeck, Alemania. Está inscrita en el Registro de Asociaciones (durante el procedimiento de solicitud bajo el número registral 12345).
c) El ejercicio social corresponde al año calendario, del 1 de enero al 31 de diciembre.
d) El ámbito de actividad de la asociación se encuentra principalmente en Alemania; sin embargo, la asociación actúa a nivel internacional y presta ayuda humanitaria especialmente en el campo de las enfermedades oncológicas.
e) El logotipo de la asociación consiste en un corazón rojo con una estrella blanca, la inscripción azul «I CAN SER e.V.» y una señal de frecuencia cardiaca azul-blanca. El uso por terceros está prohibido.
§ 2 – Objeto y Carácter de Utilidad Pública de la Asociación
a) La asociación persigue exclusivamente y de manera inmediata fines de utilidad pública y caritativos en el sentido del apartado «Fines con Beneficios Fiscales» conforme al § 60 AO (Código Fiscal Alemán).
b) Objetivos principales:
Fomentar la sanidad pública y la asistencia sanitaria pública (§ 52 apdo. 2 núm. 3 AO).
Apoyar especialmente a personas enfermas de cáncer y en situación de necesidad económica en el país y en el extranjero; además, en su caso, también a otras personas gravemente enfermas (§ 53 AO).
Fomentar la cooperación internacional en la investigación del cáncer y en la atención a pacientes.
c) La realización se llevará a cabo, en particular, mediante: información, asesoramiento y apoyo; proyectos internacionales de atención médica y ayuda psicosocial; creación de redes; eventos; relaciones públicas; asesoramiento especializado y capacitaciones; establecimiento de centros de ayuda y cooperación con clínicas, instituciones de rehabilitación y entidades sociales.
d) Se permiten cooperaciones con instituciones de salud nacionales y extranjeras, asociaciones profesionales, ONG, empresas y personas físicas sobre la base de acuerdos escritos. Se aceptan donaciones en especie y en dinero.
e) La asociación trabaja completamente de manera voluntaria y sin fines de lucro. Puede llevar a cabo proyectos y campañas especiales, especialmente en relación con pandemias, desastres naturales y en el ámbito de la ayuda humanitaria. La asociación actúa de forma desinteresada. Los recursos de la asociación sólo pueden utilizarse para los fines estatutarios. Los socios no reciben prestaciones de los fondos de la asociación. Ninguna persona podrá beneficiarse de gastos ajenos a los fines de la asociación o de remuneraciones desproporcionadamente elevadas.
§ 3 – Membresía en la Asociación, Derechos y Obligaciones, Cuota de Membresía y Terminación de la Membresía
a) Puede ser miembro cualquier persona natural mayor de edad o persona jurídica que reconozca los objetivos y estatutos y pague la cuota de membresía. Cada miembro tiene un voto en la Asamblea General.
b) La solicitud debe hacerse por escrito a través del sitio web o por correo electrónico. La Junta Directiva Principal (HV) acepta por escrito o rechaza sin necesidad de alegar motivos en el plazo de un mes a través del/de la presidente/a y del/de la tesorero/a. La membresía comienza con la recepción del pago.
c) Las cuotas deben abonarse dentro de un mes después de la admisión, así como anualmente a más tardar el 10 de mayo en la cuenta bancaria de la asociación (preferiblemente mediante orden permanente). La cuantía de la cuota será fijada por la Asamblea General y anunciada en la convocatoria y en el sitio web. En casos justificados, la HV puede aplazar o eximir del pago de cuotas.
d) La membresía finaliza por fallecimiento/disolución, renuncia o expulsión. La renuncia es posible en cualquier momento por escrito (correo electrónico/sitio web) y se hace efectiva con su recepción por la Junta. No existen derechos sobre el patrimonio de la asociación.
e) Motivos de expulsión: falta de pago pese a dos recordatorios hasta fin de año; infracciones de los estatutos o resoluciones; conducta difamatoria, discriminatoria o que promueva la violencia. Procedimiento: advertencia escrita → en su caso, suspensión provisional por parte de la HV (con justificación) → audiencia en la próxima Asamblea General → decisión definitiva.
f) Derechos/obligaciones: participación, uso de los servicios, derecho a votar y a ser elegido; obligación de pagar la cuota, apoyar los objetivos de la asociación, comportamiento respetuoso. Los conflictos deben resolverse internamente.
g) Los beneficiarios de ayuda no necesitan ser miembros. La forma y el alcance de la ayuda se regulan mediante una directriz de la HV en el marco de las posibilidades financieras.
§ 4 – Asamblea General de Miembros
a) La Asamblea General Ordinaria (AG) se celebra anualmente hasta el 31 de marzo; la convocatoria debe enviarse al menos dos semanas antes por correo electrónico con el orden del día y los informes, así como publicarse en la página web. Se garantiza la participación en línea y el multilingüismo.
b) La dirección estará a cargo de una mesa elegida de conducción de la asamblea y de la persona designada como secretaria de actas. Los informes se presentan previamente por escrito; el acta será firmada por la mesa de conducción y por la persona encargada de las actas.
c) Habrá quórum con al menos un tercio de asistencia. Si no se alcanza este porcentaje, se convocará una segunda AG con el mismo orden del día dentro de dos semanas, que será válida independientemente del número de presentes (este aviso debe constar ya en la primera convocatoria).
d) Las resoluciones se adoptan de forma abierta por mayoría simple; en caso de empate se realizará una segunda votación.
e) Las modificaciones de los estatutos requieren una mayoría de dos tercios de los miembros con derecho a voto presentes.
f) Derecho a voto: solo los miembros que hayan pagado su cuota al menos dos meses antes de la fecha tendrán derecho a voto. El derecho de voto puede transferirse mediante poder escrito a otro miembro (máximo un poder por miembro). Las elecciones de personas pueden ser secretas a solicitud; se permite el sistema electrónico de votación. En caso de empate se celebra una segunda ronda.
g) Elección de la Junta Directiva Principal (HV): en la asamblea constitutiva se eligen cinco miembros titulares y dos suplentes. Posteriormente: en los años impares se eligen el presidente y dos miembros; en los años pares, la tesorera y un miembro (mandato de dos años cada uno). Cada año se eligen dos suplentes, un/a revisor/a de cuentas interno/a con su sustituto/a y, en su caso, un/a revisor/a externo/a.
h) Asamblea General Extraordinaria: se convoca por decisión de la HV o a solicitud de al menos una cuarta parte de los miembros con derecho a voto; convocatoria con al menos dos semanas de antelación por correo electrónico.
i) Solicitudes de inclusión en el orden del día: deben presentarse por escrito a la junta al menos tres días antes de la AG; las mociones de modificación de los puntos en curso también son posibles durante la asamblea.
j) Orden del día modelo de la Asamblea General Ordinaria:
Elección de la mesa de conducción de la asamblea
Elección del/de la secretario/a de actas y, en su caso, del/de la tesorero/a
Presentación y aprobación del informe de actividades de la HV
Presentación y aprobación del informe financiero
Debate de solicitudes de los miembros
Aprobación del plan de acción y presupuesto para el nuevo año
Fijación de las cuotas de membresía
Elección de la HV (años impares: presidente + 2 miembros / años pares: tesorero/a + 1 miembro)
Elección de revisores/as de cuentas internos/as y externos/as
Varios, palabras de clausura
§ 5 – Junta Directiva
a) La Junta Directiva en el sentido del § 26 BGB (Código Civil Alemán) está compuesta por: presidente, vicepresidente, tesorera, secretario/a y otro miembro (cinco titulares), así como dos suplentes. Más de la mitad de los miembros de la junta deben ser ciudadanos alemanes o contar con un permiso válido de residencia o trabajo en Alemania.
b) Funciones: representación de la asociación, convocatoria de la AG, definición del orden del día, ejecución de las resoluciones, gestión corriente, administración de bienes, informes anuales, decisión sobre admisiones.
c) La Junta Directiva será elegida por la Asamblea General. En los años impares se eligen el/la presidente/a y dos miembros; en los años pares, el/la tesorero/a y un miembro por un período de dos años. La reelección es posible.
d) La Junta puede regular su funcionamiento interno mediante un reglamento que debe estar en concordancia con los estatutos y las resoluciones de la Asamblea General.
e) Debido a la orientación internacional de la asociación, la Junta podrá hacer uso de servicios de traducción o software adecuado.
f) La Junta tiene quórum cuando al menos el 51 % de sus miembros estén presentes. Las reuniones serán dirigidas preferiblemente por un moderador externo o, en su defecto, por el/la presidente/a o su suplente. Las resoluciones se adoptan por mayoría simple. En caso de empate se repite la votación.
g) Las reuniones de la Junta se celebran al menos cada dos meses y serán convocadas por escrito con tres días de antelación, indicando el orden del día. Las resoluciones serán registradas en actas y firmadas por el/la presidente/a y el/la secretario/a.
h) La Junta puede emitir directrices complementarias, constituir comisiones consultivas y grupos de trabajo, así como colaborar con personal voluntario externo especializado. Las tareas y competencias de estas personas se definirán por escrito.
i) Los miembros suplentes pueden participar en las reuniones de la Junta sin derecho a voto. En ausencia de un miembro titular, un suplente ocupará su lugar en el orden preestablecido.
j) Los miembros de la Junta, directores de filiales, así como miembros de la asociación o delegados, trabajan de manera honoraria y sin retribución. Conforme al
§ 3 núm. 26a EStG, los gastos necesarios comprobados por actividades de utilidad pública podrán ser reembolsados.
k) La asociación será representada externamente por el/la presidente/a o el/la vicepresidente/a, cada uno de ellos con poder de representación individual.
§ 6 – Filiales
a) La asociación podrá establecer filiales fuera de Alemania por decisión de la Junta, siempre que se encuentren en conformidad con las leyes locales. Las disposiciones de estos estatutos se aplican de manera análoga a las filiales.
b) Las filiales están obligadas a seguir las decisiones de la sede central. Las instrucciones de las autoridades locales o de la Junta deben cumplirse de inmediato.
c) Las personas que se afilien a una filial serán automáticamente también miembros de la asociación principal. Cada filial estará representada en la Asamblea General por un/a delegado/a elegido/a por su junta, con derecho a un voto.
d) La asociación principal apoya a las filiales en la medida de sus posibilidades, tanto material como organizativamente. A cambio, las filiales participan dentro de sus posibilidades en proyectos comunes.
§ 7 – Reglamento Financiero, Representación y Facultades de Firma
a) Las fuentes de ingresos de la asociación son: cuotas de membresía, donaciones generales y con beneficios fiscales, subvenciones públicas, fondos de proyectos, ingresos de actividades económicas, patrocinio, intereses, beneficios de inversiones patrimoniales, así como rendimientos de eventos de la asociación.
b) Conforme al § 60 del Código Tributario Alemán (AO), la asociación administra todos los ingresos con beneficios fiscales en una cuenta separada y los utiliza exclusivamente y directamente para fines benéficos o de caridad, debidamente justificados con comprobantes. De los demás ingresos brutos anuales de la asociación, al menos dos tercios se destinan directamente a los fines benéficos establecidos en los estatutos; la parte restante se dedica al funcionamiento y desarrollo de la asociación. La asociación no podrá realizar actividades económicas que no sirvan al bien común.
c) El tesorero y el presidente están facultados, cada uno por separado, para abrir y administrar las cuentas bancarias de la asociación y, para el funcionamiento corriente de la misma, realizar pagos y transferencias de hasta un máximo de 10.000 € por transacción, así como firmarlos de manera vinculante. El tesorero presentará las cuentas actuales de la asociación en cada reunión ordinaria de la junta directiva.
d) La adquisición o venta de bienes inmuebles, así como la asunción de obligaciones financieras con una duración superior a un año, requieren la aprobación de la Asamblea General de Miembros.
e) El ejercicio financiero corresponde al año calendario, del 1 de enero al 31 de diciembre. El balance anual será elaborado por el tesorero antes de la Asamblea General Ordinaria, revisado por los auditores de cuentas y presentado a la asamblea.
f) Conforme al § 26 BGB, el presidente de la asociación (o, en caso de representación, el vicepresidente) está autorizado a representar legalmente a la asociación y a firmar de manera vinculante, previa información al directorio o, en casos urgentes, con posterioridad:
“Por la Junta Directiva de I-Can-Ser e.V., el presidente (nombre)”.
Asimismo, el tesorero está facultado para representar a la asociación en todos los asuntos bancarios y financieros, y firmar de manera vinculante:
“Por la Junta Directiva de I-Can-Ser e.V., el tesorero (nombre)”.
g) Conforme al § 30 BGB, la junta directiva podrá, en caso necesario, designar un/a gerente o personal remunerado con competencias y funciones establecidas por escrito.
h) Responsabilidad: Los responsables solo responden en casos de dolo o negligencia grave (§§ 26, 31a, 31b BGB). La asociación no es responsable de los daños a sus miembros que estén fuera de una obligación de seguro. En caso de poseer inmuebles o empleados permanentes, se contratarán los seguros correspondientes.
i) Protección de datos: Los responsables y voluntarios están obligados, conforme al RGPD y a la Ley Federal de Protección de Datos de Alemania (BDSG), a proteger los datos personales. Esta obligación continúa vigente incluso después de finalizar su actividad.
j) Los gastos de viaje asumidos por la asociación solo pueden ser reconocidos fiscalmente si sirven exclusivamente para la consecución de los fines benéficos o de caridad de la misma. La motivación privada de los viajes está prohibida y pone en riesgo el reconocimiento fiscal, ya que contraviene el principio de altruismo (§ 55 AO) y el de exclusividad (§ 56 AO). Si existen motivos privados y oficiales combinados, los costes deben dividirse en una parte oficial y otra privada. Solo la parte que corresponda al fin benéfico puede ser financiada con fondos de la asociación o donaciones. Si no es posible dividir los costes, no se podrán cubrir con fondos de la asociación.
§ 8 – Disolución de la Asociación
a) La disolución de la asociación podrá realizarse mediante acuerdo de la Asamblea General de Miembros, convocada con un orden del día específico para este fin. La resolución requiere una mayoría de dos tercios de los miembros con derecho a voto presentes. Si no se alcanza dicha mayoría en la primera reunión, en la segunda reunión convocada dentro de dos semanas con el mismo orden del día, bastará la mayoría simple de los miembros presentes.
b) En caso de disolución, la liquidación será llevada a cabo por el presidente de la junta directiva junto con el/la moderador/a de la asamblea o por las personas designadas por la Asamblea General.
c) En caso de disolución de la asociación o de pérdida de sus fines benéficos, el patrimonio pasará a la organización “Haus der Krebs-Selbsthilfe – Bundesverband e.V. (HKSH)” o a una institución similar. Esta institución estará obligada a utilizar los bienes recibidos exclusivamente y de manera directa para fines benéficos y de caridad.
§ 9 – Disposiciones Finales
a) La junta directiva está autorizada a realizar modificaciones editoriales, así como las adaptaciones exigidas por la ley o por las autoridades (por ejemplo, Registro de Asociaciones, Oficina de Hacienda), sin necesidad de un nuevo acuerdo de la Asamblea General.
b) Estos estatutos fueron aprobados por unanimidad en la Asamblea Constitutiva del 22 de junio de 2025.
(En la reunión de la junta del 13 de septiembre de 2025 se actualizaron de acuerdo con las recomendaciones de la oficina de hacienda alemana).
